jueves, 5 de mayo de 2011

AMNISTÍA GENERAL

La existencia de presos políticos que están muriendo en las cárceles argentinas es una aberración social, moral, generadora de odios y destructora de la paz interna. El gobierno constitucional elegido por la ciudadanía, ordenó aniquilar a los guerrilleros, asesinos solapados y traicioneros; se desató la guerra; los ahora presos cumplieron con su deber y se vieron envueltos en una lucha sin cuartel, sin misericordia, donde todo valía. Hombres de honor, como el Presidente Videla, cumplieron su deber. No se fugaron del país.
El Art. 75 Inc. 20 de la Constitución Nacional dispone que corresponde al Congreso… “conceder amnistías generales”. Los argentinos, salvo una reducida minoría violenta, han superado los horrores sufridos en la guerra fratricida y necesitan vivir en armonía. La mayoría opositora puede proponer la ley de amnistía general, y el pueblo sabrá quienes desean la paz interna y quienes no. Alternativamente “puede someter a consulta popular el proyecto de ley” de amnistía, que “no puede ser vetada” y “si el voto es afirmativo lo convertirá en ley” (Art. 40).

Los terroristas y filo terroristas en el poder utilizan todo el imperio del Estado para ensañarse con los que los vencieron. Violan la Constitución y las leyes con argucias, pero no son inmunes. La crispación debe terminar para que los argentinos reconstruyan el bienestar general y la prosperidad del pueblo.

5/5/2010

Dr. Marcelo Castro Corbat

Centro Segunda República

segundarepublica@fibertel.com.ar

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